El pulso por las sanciones en los gobiernos locales: ¿quién manda a quién?

La gobernanza en nuestras municipalidades vive hoy un debate jurídico de alto voltaje que toca la fibra misma de la autonomía local. La Asociación Nacional de Alcaldías e Intendencias (ANAI) ha puesto las cartas sobre la mesa al cuestionar una práctica que ha ganado terreno en algunos cantones: los intentos de los concejos municipales por sancionar a alcaldes e intendentes.

El mito de la jerarquía municipal

Para entender este conflicto, hay que desaprender una idea común. En el régimen municipal costarricense no existe un “jefe” único. ANAI es enfática al recordar que, según el principio de legalidad, no hay una norma expresa que faculte a los concejos municipales para abrir procesos administrativos o sancionar a la figura de la alcaldía por faltas al deber de probidad.

La clave reside en un concepto que la Sala Constitucional definió hace años (voto 005445-99): la biarquía. Esto significa que la municipalidad es un cuerpo con dos cabezas que deben coordinarse, pero donde ninguna está por encima de la otra. Si no hay subordinación, el concejo simplemente no tiene la competencia legal para actuar como juez de quien lidera el ejecutivo municipal.

¿Qué pasa cuando hay sospechas de faltas?

Desde la perspectiva de ANAI, si un cuerpo de regidores detecta una posible violación al deber de probidad, su camino no es la sanción directa, sino la canalización de la denuncia. El procedimiento correcto debería limitarse a recopilar la información y trasladarla a la Contraloría General de la República, que es el órgano con la autoridad técnica y legal para valorar los hechos.

El choque con el Tribunal Supremo de Elecciones

Uno de los puntos más críticos del pronunciamiento es el desacuerdo directo con la postura del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE). Mientras que el Tribunal ha interpretado que el concejo es el superior jerárquico de la alcaldía para efectos de la Ley Contra la Corrupción, ANAI sostiene que esto contradice la Constitución y el Código Municipal.

La Asociación argumenta que el TSE tiene voz y voto en materia estrictamente electoral, pero que los procesos sancionatorios por probidad son otra historia. Consideran que se está forzando una interpretación que vulnera la seguridad jurídica de los gobernantes locales.

Defensa de la autonomía y próximos pasos

Lejos de quedarse en la queja, la organización ya prepara una contraofensiva legal para despejar estas “aguas nubladas” de la administración pública:

  • Acción de inconstitucionalidad: para que la Sala IV defina los límites claros de estas competencias.
  • Proyecto de ley: una iniciativa que busque reformar o aclarar el marco normativo actual, eliminando ambigüedades que hoy generan roces políticos y administrativos en los ayuntamientos.

Este conflicto no es solo un tema de abogados; afecta directamente la estabilidad de la gestión cantonal y la forma en que nuestras comunidades se organizan para progresar.

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